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ÓMNIBUS I: ¿SIMPLIFICACIÓN NECESARIA O RETROCESO EN LA AMBICIÓN SOSTENIBLE EUROPEA?

ÓMNIBUS I: ¿SIMPLIFICACIÓN NECESARIA O RETROCESO EN LA AMBICIÓN SOSTENIBLE EUROPEA?

Por Fernando Navarro5 min de lectura
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La Unión Europea parece haber iniciado un giro estratégico en su política de sostenibilidad empresarial. La reciente posición del Parlamento Europeo sobre el paquete Ómnibus I no es simplemente un ajuste técnico: es, en realidad, una redefinición del equilibrio entre exigencia regulatoria y competitividad económica e introduce modificaciones profundas en tres pilares clave de la arquitectura normativa europea en materia de sostenibilidad:

·       La Directiva sobre Información Corporativa en Sostenibilidad (CSRD)

·       La Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad (CSDDD)

·       La Taxonomía Europea

Durante los últimos años, Europa había apostado claramente por un modelo ambicioso, basado en la transparencia corporativa, la responsabilidad en las cadenas de suministro y la integración de criterios ambientales en la actividad empresarial. Sin embargo, la complejidad del sistema y el impacto que suponía para miles de empresas han terminado por abrir la puerta a una revisión profunda.

La cuestión clave es si esta revisión responde a una necesidad legítima o si, por el contrario, supone un paso atrás en los compromisos adquiridos.

Menos empresas, menos información

Uno de los aspectos más llamativos de la reforma es la reducción drástica del número de compañías obligadas a informar sobre sostenibilidad. La nueva delimitación deja fuera a la gran mayoría del tejido empresarial europeo, concentrando las obligaciones en grandes corporaciones.

En realidad, solo estarán obligadas aquellas compañías que superen los 1.750 empleados y los 450 millones de euros de facturación, lo que implica la exclusión de aproximadamente el 92% de las empresas inicialmente incluidas en el ámbito de aplicación. Además, la entrada en vigor se retrasa: las obligaciones comenzarán en 2027 y los primeros informes se publicarán en 2028.

Desde una perspectiva pragmática, la medida tiene sentido: muchas empresas, especialmente medianas, se enfrentaban a requisitos complejos con recursos limitados. Sin embargo, esta decisión plantea una duda incómoda: ¿Qué ocurre con la transparencia del resto del mercado?

Reducir el perímetro regulado implica, inevitablemente, reducir también la cantidad de información disponible para inversores, consumidores y otros grupos de interés. Y en un entorno donde la confianza es un activo clave, esto no es un detalle menor.

La diligencia debida pierde intensidad

Otro cambio relevante afecta a la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad y a las obligaciones relacionadas con derechos humanos y medioambiente. El nuevo enfoque limita su aplicación a empresas de gran tamaño (más de 5.000 empleados y 1.500 millones de euros de facturación) y introduce un modelo más selectivo, centrado en riesgos concretos.

Este planteamiento puede interpretarse como una forma de hacer la norma más operativa y realista. Sin embargo, también supone relajar el nivel de exigencia que se había planteado inicialmente.

Especialmente discutible es la desaparición de ciertas obligaciones vinculadas a la transición climática ya que eliminar este tipo de compromisos puede enviar una señal contradictoria, tanto al mercado como a la sociedad.

Finalmente, la responsabilidad legal deja de tener un marco europeo común y pasa a depender de las legislaciones nacionales, lo que podría generar cierta fragmentación regulatoria.

Simplificar no siempre es neutral

La simplificación normativa es, en principio, positiva. Reducir burocracia, facilitar el cumplimiento y evitar cargas innecesarias son objetivos legítimos, especialmente en un entorno económico competitivo con terceros países que no siempre respetan los grandes consensos internacionales.

El problema surge cuando simplificar significa también reducir el alcance o la profundidad de las obligaciones ASG, muy especialmente en la Taxonomía Europea, ya que a partir de ahora solo las empresas obligadas a reportar en sostenibilidad deberán informar sobre el grado de alineación de sus actividades con los objetivos ambientales europeos. En ese punto, la línea entre eficiencia y debilitamiento del sistema se vuelve difusa.

La introducción de herramientas digitales (Portal Digital Único) y recursos comunes (plantillas, guías y materiales para facilitar el cumplimiento de las obligaciones) puede ayudar a mejorar la aplicación de la normativa, pero difícilmente compensará una reducción sustancial en el número de empresas obligadas o en la intensidad de los requisitos.

Europa ante un dilema estratégico

El paquete Ómnibus I refleja una tensión de fondo que la Unión Europea lleva tiempo gestionando: cómo mantener su liderazgo en sostenibilidad sin perjudicar la competitividad de sus empresas frente a otras economías menos exigentes.

La respuesta, al menos por ahora, parece inclinarse hacia una mayor flexibilidad, ya que también se ha comprobado que un exceso de regulación puede generar efectos contraproducentes, como deslocalizaciones o pérdida de dinamismo empresarial. Lo mejor es enemigo de lo bueno.

Una oportunidad que exige vigilancia

Más que un punto final, esta reforma debería entenderse como un momento de ajuste. Una oportunidad para corregir excesos, sí, pero también para meditar y reflexionar cómo hacer más eficaz el modelo europeo de sostenibilidad.

El verdadero reto no es simplificar, sino hacerlo sin vaciar de contenido los principios que han definido la estrategia europea en los últimos años: transparencia, responsabilidad y compromiso ambiental.

En última instancia, el éxito del paquete Ómnibus no dependerá tanto de su capacidad para reducir cargas, sino de su habilidad para preservar aquello que realmente importa. Porque si algo está en juego no es solo la regulación, sino la credibilidad del proyecto europeo en materia de sostenibilidad.

Fernando Navarro


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